Es un órgano con nivel de responsabilidad directa, encargada de conducir y efectuar acciones para asegurar la convivencia pacífica, la seguridad personal, familiar y social, el control de la violencia urbana, la prevención de delitos y faltas, planificando y ejecutando operaciones de patrullaje general y selectivo en coordinación con la policía nacional del Perú y la sociedad civil organizada.

Funciones
  1. Dirigir, controlar y supervisar la ejecución de programas y proyectos de Seguridad ciudadana en coordinación con la Policía Nacional del Perú, la Sociedad civil y demás instituciones involucradas, en el marco de las normas Legales vigentes.
  2. Formular, ejecutar y evaluar el Plan Distrital de Segundad Ciudadana de acuerdo a los lineamientos de política emitidos por el CONASEC y con participación delos integrantes del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana.
  3. Participar como secretario técnico del Comité Distrital de Segundad Ciudadana (COPROSEC), asesorando y orientando en asuntos propios de su competencia y de acuerdos a los lineamientos y normatividad impartida por el Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana – CONASEC.
  4. Asesorar a la Alta Dirección en el planeamiento, programación, ejecución y supervisión de la política y estrategias de seguridad y defensa nacional y gestión del riesgo de desastres, en el ámbito Distrital.
  5. Proponer proyectos de mejora de equipamiento, logística e implementación de sistemas modernos de seguridad ciudadana instalados en el ámbito Distrital.
  6. Planificar, dirigir, controlar y evaluar las actividades preventivas y disuasivas contra hechos y circunstancias que alteren la tranquilidad pública; así como supervisar el cumplimiento de las normas de seguridad ciudadana en los eventos de carácter público.
  7. Planificar y monitorear programas de educación y capacitación permanente en materia de segundad ciudadana a los actores sociales de la comunidad en general, que integran e interactúan en los diferentes espacios sociales.
  8. Promover y apoyar el fortalecimiento de la salud mental de la Comunidad, a través de capacitaciones, talleres y otros en coordinación con las Dependencias involucradas en el tema.
  9. Emitir proyectos de resolución de los procedimientos sancionadores de su competencia, calificando la comisión de infracciones o en su caso absolviendo en concordancia al Régimen de Aplicación de Infracciones y Sanciones Administrativas vigente.
  10. Coordinar con los demás Órganos y Unidades Orgánicas para el logro de los objetivos estratégicos priorizados por la Institución.
  11. Hacer cumplir los acuerdos adoptados, para el logro de los objetivos priorizados por su Dependencia.
  12. Las demás funciones que le sean asignadas por la Subgerencia de Servicios Públicos Locales y que sean propias de su competencia.